domingo, 24 de enero de 2016

MARTES 19: EL ASESOR JURÍDICO DE AFINSA DEJA CLARO QUE LA ACTIVIDAD DE LA EMPRESA ERA MERCANTIL

En la sesión del martes 19 de enero continua la declaración de  Joaquín José Abajo Quintana, que deja claro una vez más, que la actividad de la empresa era mercantil y hace hincapié en que el incremento del precio de la filatelia  responde a su revalorización, no a la aplicación de ningún tipo porcentual de interés; y, por tanto, las ganancias para los clientes tributan como beneficios y no como rendimiento del capital, tal y como lo atestiguaron las inspecciones de la AEAT.
 

El asesor jurídico de Afinsa deja claro que la actividad de la empresa era mercantil

A pesar de los extensos argumentos, la Fiscalía no ceja en su empeño de lograr una confesión, hasta que se topa con la zanja de Abajo: “Entre juristas hay que tener en cuenta algo esencial: la ley. No vale cualquier opinión, lo importante es lo que diga la ley. Y en ese momento la única ley aplicable decía que las actividades estaban perfectamente claras. Los órganos que tienen atribuida la potestad para aplicar e interpretar la ley han dicho sobradamente que la actividad era mercantil, y no financiera”, ha recordado, haciendo alusión a los escritos tomados del Tribunal Supremo.



Como siempre compañeros de distintas asociaciones han realizado la crónica del día. A continuación podéis leer la realizada por el gabinete de comunicación de Asaffo, correspondiente al martes 19.

Comienza la sesión y continúa el interrogatorio del Fiscal Alejandro Luzón al asesor legal de Afinsa, miembro y Secretario del Consejo de Administración -Joaquín Abajo-, interrumpido con la finalización de la vista de ayer. Se exhiben a la Sala documentos de los que pretende inducir el Ministerio Público que la naturaleza de Afinsa respondía a un modelo de actividad financiera. Ante la insistencia de la Fiscalía en solicitar la consideración del declarante sobre contratos CIF, el Señor Abajo reitera su desconocimiento de los contenidos referidos a cuestiones contractuales ajenas a lo estrictamente jurídico.
      Insinúa el Fiscal que también indican la naturaleza financiera ciertos informes del despacho de abogacía Cuatrecasas y determinadas consultas realizadas a la CNMV, ante lo que el compareciente afirma su profunda convicción sobre la opinión favorable que tenían los profesionales de ambas entidades al respecto de la mercantilidad de la Sociedad; porque así lo recogía la Ley y así lo han determinado los Altos Tribunales, indica el asesor.
      El Señor Luzón pregunta en relación a normas de contabilidad, señalando que el importe de los compromisos adquiridos era cuatro veces el activo de la Compañía en ese momento. Contesta el imputado que no conoce existir preocupación por parte de Afinsa sobre ese extremo, ni le consta la certeza de ese dato.
      El interrogatorio gira hacia indagaciones sobre los sellos que hubieron de sustituirse y el compareciente hace hincapié en que no conoció jamás los informes relativos a la filatelia de Guijarro. Está en las actas lo que la Compañía decidió hacer, dice. Asegura que transmitió al Presidente su postura y éste inmediatamente decidió que Afinsa hiciese frente a la sustitución de los sellos inadecuados. Además, el abogado aconsejó que, una vez se recabasen en su caso las pruebas pertinentes, se debería reclamar la responsabilidad por el perjuicio causado a la Compañía. En cualquier caso, añade, como medida cautelar, se perfeccionó el manual de compras; y, con relación a la única filatelia comprobada defectuosa, se hizo un requerimiento al Señor Guijarro para que, a través de Notario, fuese a recogerla y repusiese el precio cobrado.
      Pregunta Luzón si el abogado estudió el contenido de los documentos que le transmitió Rafael Noguero –director financiero de la Mercantil-, concretamente uno que expone distintas opciones para reaccionar a la situación provocada por la filatelia controvertida. Sin embargo, el secretario del Consejo aclara que, debido a la jerarquía de las relaciones en la Empresa, el Señor Noguero le daba información que él debía, a su vez, hacer llegar al Presidente; no estudió ningún documento, porque no tenía conocimientos contables; y no fue partícipe de las decisiones o acuerdos relacionados con la forma de reaccionar ante la filatelia no apta.
      Asegura el Señor Abajo que no tenía conocimiento de documentos relacionados con la Inspección Fiscal. Tampoco le correspondía valorar la partida defectuosa de mercancías, sino movilizar y ejercitar la reclamación de responsabilidades. Él mismo solicitó al proveedor -Francisco Guijarro- una reclamación extrajudicial de la filatelia; y la nota correspondiente sí fue transmitida por él a la Inspección. Pero como norma general, él no tenía contacto con este cometido.
      Apunta la Fiscalía que, a efectos de la presentación de las cuentas, el director de Organización y Medios de Afinsa -Antonio Giménez-Rico- solicitó al Señor Noguero que se valorase la filatelia al 40% de su valor de compra. El declarante aclara que, como abogado, él exigía solamente que apareciesen en el informe los siguientes requisitos: la identificación del sello, el precio de compra, su valor, y la razón de la diferencia entre ambas cantidades; nunca entraba en consideraciones sobre la valoración.
      Alude Luzón a una carta remitida por Joaquín Abajo a Greg Maning, al respecto de la que el declarante informa estar transmitiendo una decisión del Consejo. Y, en el mismo sentido, una comunicación a Carlos de Figueiredo, donde le propone un borrador de carta dirigida al Catálogo Michel, notificando también decisiones del Consejo. El Fiscal lo saca a colación porque se dan recomendaciones relativas a que la filatelia nunca se devaluase; pero el compareciente ha reiterado hasta la saciedad que no puede pronunciarse sobre ningún aspecto de la valoración, porque no le competía; y en tales mensajes él sólo era el canal informativo.
      A continuación, trata un acuerdo con el Catálogo Brookman, en que el Señor Abajo fue instado a emitir su visto bueno respecto a un contrato ya cerrado previamente a la consulta. El abogado admite que, aunque contrariado por no haber podido emitir su opinión con antelación, ninguna cláusula transgredía la legalidad, por lo que se limitó a verificar y consentir el contenido.
      Seguidamente, en respuesta una suerte de interpelaciones del Señor Fiscal, que dudosamente permiten deducir su propósito, Joaquín Abajo admite que, al respecto de las reuniones que él mismo mantenía con miembros de Escala Group en la fase de negociación, mencionó al Consejo que no sería necesario presentar Auditorías de Afinsa; lo cual parece irrelevante al compareciente, puesto que posteriormente sí que hubieron de ser presentadas. También apunta que, desde 2003, pasó a encabezar dicha negociación, de parte de Afinsa, Esteban Pérez Herrero, una vez nombrado consejero de honor. Se alude también a la Fundación Albertino de Figueiredo, constituida para dar prestigio mundial a la filatelia, y financiada principalmente a través de Afinsa.
      Cuando el Ministerio Público pregunta por el contenido de los artículos publicados en la revista Barron´s, el Señor Abajo esgrime que la propia Publicación reconoció que el periodista que suscribía las informaciones estaba pagado por la parte interesada; y afirma haber escrito reiteradamente al autor –Neil Martin-, por encargo del Consejo, con objeto de ejercitar el derecho de rectificación. Aclara, además, que la compañía Lloyds aseguraba la filatelia por tramos, existiendo el riesgo mayor en los primeros. Asegura que profesionales de Lloyds acudían anualmente a las oficinas de Afinsa y hacían las pertinentes recomendaciones de seguridad; no obstante, nunca hasta 2006 percibieron ningún inconveniente que obstaculizase la ampliación de la póliza.
      Finalizado el interrogatorio por parte de la Fiscalía, plantean sus preguntas las defensas de las acusaciones particulares que lo desean. Y, en contestación a las mismas, Joaquín Abajo hace hincapié en que el incremento del precio de la filatelia responde a su revalorización, no a la aplicación de ningún tipo porcentual de interés; y, por tanto, las ganancias para los clientes tributan como beneficios y no como rendimiento del capital, tal y como lo atestiguaron las inspecciones de la AEAT. La letrada de los asociados de AUSBANC termina su turno con una protesta porque el Magistrado del Tribunal le deniega una pregunta por capciosa, cuando ella considera relevante la opinión profesional del declarante al respecto. A continuación interviene el representante de ADICAE, formulando pregunta sobre la existencia de documentación probatoria del ejercicio de intermediación por la Compañía; a lo que se le responde, entre el Señor Abajo y el Magistrado, que consta perfectamente en los contratos. Nuevas interpelaciones dan pie al compareciente para explicar que los Servicios Técnicos de la Empresa le comunicaron que los sellos no eran adecuados para la actividad de Afinsa, pero que él nunca ha dicho que fuesen falsos. Explica que no se comunicó la circunstancia a los clientes, porque la prioridad fue proteger los intereses que les eran propios, por eso se prefirió aportar a los contratos sellos por el mismo valor que los contratados inicialmente. También cuenta que le surgió la curiosidad de que se le mostrasen los sellos que él mismo y su familia habían adquirido, así que acudió a las cámaras acorazadas y comprobó que estaban perfectamente identificados y custodiados. Hace referencia a que “una persona que participó en la investigación”, al entrar en dichas cámaras exclamó la famosa interjección divulgada en los libros de Mila Hernán: “¡Andá!, pero si había sellos”.
      En el turno de los abogados defensores, toma la palabra en primer lugar Gómez de Liaño, y encamina su cuestionario a corroborar la posición como funcionario del declarante, quien fuera Abogado del Estado Jefe en el Ministerio de la Presidencia, en Moncloa. El Señor Abajo le cuenta a la Sala que lo que le interesó para involucrarse en Afinsa fue su proyecto internacional. Indica que no tenía constancia de deuda alguna de la Empresa con la AEAT y la Seguridad Social al momento de la itervención, que tiene entendido fueron provocadas por el impago de impuestos decidido por el Administrador Judicial –Grávalos-. Explica que la actividad desempeñada por la Sociedad es objeto de seguimiento por el SEPBLAC porque lo establece la Ley; y que los inspectores siempre habían felicitado a Afinsa por tener la documentación en regla. Hace alusión a la transparencia de la Compañía. Tras un intento fallido del letrado por que el imputado recordase a Charles Dupplin y su declaración al diario Expansión dudando del valor de los sellos, se centran en el Protocolo Familiar. El compareciente dice que, aunque propuso su creación, como Secretario del Consejo no debía estar presente en la elaboración, y de ahí partió la relación con Cuatrecasas; aunque, obviamente, una vez firmado, el Protocolo le fue dado a conocer. Termina de responder al abogado de Juan Antonio Cano admitiendo que jamás conoció ninguna ilegalidad en Afinsa.
      Entre el resto de defensas que intervienen, sólo destacan las preguntas destinadas a exculpar a Esteban Pérez, ya que, como consejero de honor, y no miembro del Consejo, además de presidente no ejecutivo de Escala, no tenía derecho a votar, no aprobaba las cuentas. Especifica Don Joaquín que éste se ocupaba de los negocios de Internet Sistemas de inversión/Autenctia y que sólo fue cesado en su cargo cuando la separación entre Afinsa y Escala se hizo imprescindible.
      En respuesta a su propio abogado defensor, sentencia el Señor Abajo que jamás le comentó ningún consultor de KPMG, Cuatrecasas, catedráticos, etc. que la actividad de Afinsa pudiese ser ilegal. Relata que el abogado de Cuatrecasas Tomás Olalde coincidió con él respecto a la nota emitida sobre Emilio Ballester. También admite conocer la Resolución que determina no ser deducible la provisión realizada por Afinsa, porque el compromiso de recompra era incierto. Por otra parte, afirma que la AEAT nunca había cuestionado la actividad, hasta la actuación de Yábar, incluso a posteriori fue reconocida por responsables de este Organismo como de naturaleza mercantil. Nunca pensó que Afinsa captase ahorro del público; el SEPBLAC archivó una denuncia interpuesta por sospechas por alta rentabilidad, tras realizar la investigación que consideró conveniente. También hace referencia a la opinión manifestada por Abogado General del Estado, que se pronuncia sobre la licitud de la actividad de Afinsa. Y, por último, menciona los exigentes requerimientos de la SEC para determinar la licitud del negocio con Escala Group, debido a que se trataba de una compañía no cotizada española que estaba adquiriendo una cotizada estadounidense.
Otra de las crónicas que día a día permiten que estemos al tanto de lo que pasa en la sala de la Audiencia Nacional,  es la realizada por Eduardo Berbis. A continuación podéis leer lo que nos cuenta.



CRONICAS DEL JUICIO CONTRA LOS INTERESES DE 199.000 AHORRADORES día 19/01/2016

Por Eduardo Berbis presidente de la Agrupación Nacional de las asociaciones de Víctimas de la Intervención de Fórum y Afinsa (ANVIFA).

     Buenas tardes a todos. Hoy ha continuado el mismo declarante, D. Joaquín José Abajo Quintana, respondiendo a las preguntas del Fiscal, Sr. Luzón. Hoy si que podemos añadir un título a nuestra crónica, a modo de titular periodístico:


                      LA MAFIA SE DESMORONA POR CARECER DE CIMIENTOS

 
            El guión de preguntas: el mismo. Documentos internos, borradores de Actas, informes o dictámenes, correos; y todos sacados de contesto, interpretados "ad hoc" que dicen en latín, con preguntas sesgadas y con repetición de algunas que no correspondían, bien por haber sido ya respondidas, bien por no tener competencias para ello el declarante.

              Reproducimos algunas de las respuestas más significativas, no todas para no hacer excesivo el correo, habida cuenta de que después intervinieron los abogados de las acusaciones particulares, los de las defensas y el abogado defensor del Sr. Abajo.

  - Sí, todas las inspecciones de Hacienda corroboraron que las revalorizaciones obtenidas por los clientes, eran Incremento Patrimonial como consecuencia de su consideración de beneficios y no rendimientos del capital por no estar consideradas intereses.

- El informe del ICAC parte de un planteamiento erróneo que no entiende cuál es la actividad principal de la Compañía.

- Sobre el informe de Cuatrecasas que usted menciona, he colaborado con el Sr. Olalde y otras personas de dicho despacho para hacerles las oportunas consideraciones que sobre los aspectos financieros de Afinsa recoge el mismo.

- La Dirección General de Tributos no es un Órgano vinculante; da su opinión que es sólo eso, una opinión.

- Ni este Organismo ni Hacienda tienen competencias para calificar la actividad de una Empresa.

- Le recuerdo Sr. Fiscal que no es una opinión mía, antes de la intervención con la Ley 35/2003, después de la presentación del informe de la Sra. Yabar mediante informe del Director General de los Servicios Jurídicos de la AEAT, sentencias posteriores a la intervención de la Audiencia Provincial, Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, han calificado la actividad de Afinsa como Mercantil, sus contratos como lícitos y su operativa dentro de la más absoluta legalidad.

- Si tengo que poner en un platillo de la balanza la respuesta de la Dirección General de Tributos y el informe de la Sra. Yabar y en el otro platillo las Leyes y Sentencias, no hay la menor duda de que lado se va a inclinar la balanza.

- No existía miedo ni temor. Lo que existía era una preocupación, lógica por otro lado, de adoptar todas las formas de trabajo y de expresión nuestra actividad que alejaran toda duda de estar haciendo practicas financieras.

- El Sr. Pellicer es recibido por la CNMV y de acuerdo con la nueva Directiva Comunitaria es aconsejable que no se aplique el nuevo producto y ello en la línea de no hacer nada que se saliera del marco legal en el que operaba Afinsa.

- La afirmación de que los compromisos de Afinsa eran cuatro veces superiores al Balance de Situación de la Compañía según un informe del ICAC y del servicio de Control Técnico de Auditorias es erróneo desde su planteamiento inicial, ya que los compromisos de Afinsa eran de intermediar o de adquirir para sí, pero no de todos los clientes el mismo día.

- No lo valoré ni le di la menor importancia y tampoco detecté preocupación en los responsables de la Compañía.

- Entre los miembros del Consejo de Administración se habló de la Filatelia del Sr. Guijarro, el Sr. Presidente se encargó de ir comunicándolo uno a uno, aunque no se recogió en ninguna reunión del Consejo y por tanto no consta en Actas.

-Pero sí consta en Actas la decisión que tomó Afinsa para salvaguardar los intereses de sus clientes y cumplir con los compromisos adquiridos en cada Contrato que tenía adjudicada filatelia del Sr. Guijarro.

- Sí, yo le traslado al Presidente mi opinión sobre que los clientes no deben sufrir ningún quebranto y que es Afinsa quien debe asumir el coste de la reposición de esa filatelia.

- También le aconsejo que se debe reclamar al proveedor y que sí se quiere seguir con las actuaciones, se necesitan pruebas para presentar ante un Tribunal.

- A raíz de esa experiencia se actualiza el Manual de Compras con protocolos más severos y exigentes, se decide trabajar con otros proveedores aunque, con el fin de comprobar dónde y a quién compra su filatelia el Sr. Guijarro se siguen las operaciones con él durante unos meses para dar tiempo a que unos investigadores privados puedan confirmar esos detalles.

- No se sí fui yo o el Sr. Notario, pero se redactó un Requerimiento Notarial al Sr. Guijarro, aportando los sellos que se consideraban NO aptos para la comercialización de Afinsa al que contestó negativamente.-

- Con todo respeto, los informes del Sr. Trillo son opiniones y además él no es un experto filatélico.

- Sí, dirigí una carta al Presidente de ASECI, D. Joaquín López Pascual, a requerimiento del Presidente para que dicha Asociación diera de baja al Sr. Guijarro en la misma.

- Yo no participé en ninguna decisión sobre las cuentas anuales de Afinsa. Recibía los datos del Sr. Noguero al que asesoraba el despacho de Cuatrecasas y se los hacía llegar al Sr. Presidente.

- El hecho de que ese informe se imprimiera por mi Secretaria, era para que en los monitores del Consejo de Administración se pudiera hacer un seguimiento del mismo.

- No soy Consejero, soy Secretario del Consejo y las opciones que plantea ese informe son de Cuatrecasas.

- No sé qué intencionalidad quiere el Sr. Fiscal encontrar porque yo entrecomille la palabra "apariencia" de las cuentas en ese correo. Entrecomillé para resaltar que es lo que aparece en las cuentas.

- Soy yo el que redacta una nota para remitir a Hacienda sobre lo que se ha realizado con la filatelia del Sr. Guijarro.

- Yo no he indicado nunca al Sr. Jiménez Rico en cuánto o por cuánto debía valorar la filatelia. Yo como Abogado pido lo que necesito: Identificación perfecta del sello; coste de compra del mismo; precio al que valora un experto ese sello; y causas que justifiquen esa diferencia.

- Siempre que escribí cartas a EE.UU. o a cualquier otro Organismo lo hice a petición del Consejo, del Presidente o de alguien en concreto. Les gustaba, al parecer, mi forma de redactar.

- En ese sentido es el correo que le dirijo a D. Carlos de Figuiredo sobre cómo debe responder al catálogo MICHEL en unas negociaciones que se prolongaban en exceso.

 

Nos saltaremos temas de poca o nula relevancia sobre quien negociaba con EE.UU. si asistía a reuniones con Escala, cuestiones sobre catálogos, etc., para terminar con una aseveración del Sr. Abajo que nos parece interesante destacar:

 
- Las autoridades americanas cuando una empresa que no cotiza en bolsa, que además es extranjera, quiere adquirir la mayoría de acciones de una empresa americana, hace un exhaustivo trabajo de investigación, de análisis de documentos, del grupo, de su facturación y de su actividad, de todos los componentes legales y ello hasta llegar a conceder la autorización para dicha compra de acciones que supondrán tener la mayoría de esa empresa americana.
 
Continúa con cuestiones de la Fundación Albertino de Figueiredo, como se financia, si el Sr. Abajo pertenece al patronato y demás cosas "importantísimas" para la causa que nos ocupa. (Este Sr. Fiscal está cada día más perdido) y si que le pregunta por las comunicaciones realizadas con el Periodista Neil Martín y esta es la respuesta
- Por indicación del Sr. Presidente contacto unas 4, 5 o 6 veces con él que me realiza una serie de preguntas, algunas de tipo personal y que no se pueden responder por la Ley de Protección de Datos, pero me gustaría dejar constancia en la sala lo siguiente: Barron's publicación a través de la cual realizó su artículo el Sr. Martín, tuvo que reconocer y hacer público obligada por la SEC que el periodista estaba siendo pagado por Hedge Funds que a su vez están denunciados por sus ataques especulativos.

- Terminó el Sr. Abajo haciendo una disertación sobre los Seguros que tenía Afinsa sobre los sellos y ello a preguntas del Sr. Fiscal, instruyéndole en lo que es primer riesgo, segundo riesgo y tercer riesgo. Indicando que Hiscox estaba en el tercer tramo, es decir 1,18% del total asegurado.

             Siguieron las preguntas de las acusaciones particulares, por cierto, la Abogacía del Estado no realizó ninguna y aunque algunas fueron preguntas de talla, otras de menor entidad, destacamos la del representante de ADICAE, que en su presentación ya empieza confundiéndose y dice representar a Afinsa. Tomen nota.

              Sigue haciendo una pregunta sobre la regulación documental de la Intermediación que tenía Afinsa. El Sr. Abajo le pide que concrete mejor su pregunta y el letrado insiste en que si Afinsa tenía instrumentada mediante documento o Contrato la Intermediación. El Sr. Abajo le responde que eso está recogido en todos los Contratos con los clientes y el letrado "erre" que "erre" hasta que el tribunal le pide que  haga otra pregunta y se deje de incongruencias . No pregunto nada más.
            Las defensas particulares en su línea lógica y natural de preguntar cosas coherentes y encaminadas a la exculpación de sus representados, destacando la intervención del Sr. Gómez de Liaño por la cronología y talla ascendente de sus preguntas que cada una aportaba más valor a la anterior y la del letrado Javier representante del Sr. Ballester y del letrado defensor de D. Esteban Pérez Herrero.
 
            Finaliza la sesión de hoy con las preguntas del Abogado defensor de D. Joaquín José Abajo Quintana que, en 15 minutos tal y como prometió al Tribunal, le plantea una batería de preguntas al más puro estilo de un profesional seguro, firme y convencido de su trabajo. Preguntas rápidas, directas, de respuestas que el Sr. Abajo sólo tenía que decir, sí, no, es cierto, eso era así, nunca supe de ello. Esta tónica con 23 o 24 preguntas, pido disculpas si me he equivocado al contar, que han dejado a la sala con ese sabor que recoge nuestro titular de hoy y con el que me despido:

                          LA MAFIA SE DESMORONA POR CARECER DE CIMIENTOS

Un abrazo.