martes, 26 de enero de 2010

REUNION DE "LOS MIL DE MADRID"

El próximo jueves tendrá lugar la primera reunión del grupo de “Los Mil de Madrid” nacido como iniciativa de acción social durante la concentración realizada el pasado mes de Noviembre.

En ella queremos reunir a todos los voluntarios y compañeros que quieran unirse y participar en este nuevo proyecto de continuidad en nuestra lucha. Lo importante es recoger información, aportar vuestras ideas y movernos juntos de una forma coordinada.

Os convocamos el día 28 de 19 a 20’30 horas en el salón de actos del Instituto Beatriz Galindo en C/ Goya, 10 (autobuses 21 y 53 y metro Velazquez).

Gracias a todos los que siempre respondéis y a los que os gustaría, pero no podéis hacerlo por causa justificada.

ÚLTIMA PUBLICACIÓN SOBRE EL PROCESO DE LIQUIDACIÓN

La Audiencia Nacional da vía libre a la liquidación de Afinsa

MADRID, 22 EUROPA PRESS

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha dado vía libre al Jugado de lo Mercantil número 6 de Madrid para que inicie el proceso de liquidación de Afinsa, tras realizar un informe de valoración de los sellos y concluir que su venta no perjudicará el transcurso de la causa penal contra los directivos de la empresa, según el auto dictado el pasado 8 de enero.

"La venta de los sellos y demás bienes tangibles, de modo separado o en bloques, tanto en España como en el extranjero, no perjudicará o impedirá la continuidad de la actividad instructora", concluye el juez respecto a los 150 millones de sellos confiscados en la sede de Afinsa y que se encuentran depositados en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

Pedraz mantendrá en depósito sólo las muestras de filatelia que fueron utilizadas para la elaboración del informe pericial. Los tres administradores concursales de la empresa tendrán ahora que presentar el plan de liquidación para vender todos los activos de la empresa y poder comenzar a pagar a los 190.666 clientes.

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, Francisco Javier Vaquer, acordó el pasado 10 de noviembre disolver y liquidar Afinsa, después de que la empresa no lograra el apoyo de sus clientes al plan de viabilidad.

Según los datos recogidos en el informe de la administración concursal, los afectados de Afinsa sólo recuperarán el 33% de lo invertido. La empresa sólo cuenta con 812,6 millones de activos junto con una valoración de los sellos de 249 millones de euros, frente a unas obligaciones de pago de 2.443,75 millones de euros, lo que arroja un agujero patrimonial de 1.631 millones de euros.

http://www.europapress.es/nacional/noticia-economia-legal-audiencia-nacional-da-via-libre-liquidacion-afinsa-20100122185257.html

martes, 19 de enero de 2010

NOTICIA DE LA ABOGACÍA DEL ESTADO

La Abogacía del Estado sostiene que la Administración no debe indemnizar a los afectados filatélicos

El organismo alega que las empresas no eran financieras, en contra de la opinión de Anticorrupción y los jueces mercantiles
MADRID, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Abogacía del Estado se ha enfrentado a los afectados de Fórum Filatélico y Afinsa al rechazar que la Administración incurriera en negligencia alguna al no regular ni controlar a las filatélicas durante los 25 años que estuvieron operando, según un informe fechado el pasado 14 de diciembre remitido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, al que tuvo acceso Europa Press.

"No concurre ningún elemento que determine la existencia de responsabilidad patrimonial de la Administración", concluye el escrito de oposición a la demanda presentada por un grupo de 6.000 afectados que reclaman 13,9 millones de euros al Estado por su responsabilidad patrimonial al permitir un negocio que resultó ser una estafa.

El informe considera que la actividad de las filatélicas "no era financiera" por lo que "no estaba sometida a la supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), ni del Banco de España, ni del Ministerio de Economía" sino del Ministerio de Consumo y de las comunidades autónomas, según establecía la Disposición Adicional Cuarta de la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (LIIC), aprobada en noviembre de 2003 y sustituida en diciembre 2007 por la Ley de Bienes Tangibles.

El abogado del Estado Rafael García Monteys exime de responsabilidad a estos organismos alegando que "aun cuando una entidad pudiera estar realizando una actividad financiera bajo el paraguas de una actividad comercial, no significa que deba tratarse como si se tratara de una entidad financiera"

Sin embargo, los abogados de este grupo de afectados explicaron que con esta alegación, el Estado "viene a decir que captar dinero no convierte la actividad de las filatélicas en financiera, sin embargo, habría que preguntarle la razón del cierre de chiringuitos financieros por parte de la CNMV y el Banco de España".

Los afectados consideran que las empresas estaban sujetas al artículo 26 bis de la Ley del Mercado de Valores (LMV), aprobado en 1998 por el PP y derogado en 2005 por el PSOE, que establecía que cualquier captación de ahorro debía estar regulada por la CNMV, o por la Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España.

LA ABOGACÍA CONTRADICE A ANTICORRUPCIÓN Y LOS MERCANTILES.

La Abogacía del Estado contradice en su informe la posición de la Fiscalía Anticorrupción y de los Juzgados de lo Mercantil de Madrid, que tramitan los concursos de acreedores de las empresas, ya que ambos determinaron que la actividad de las filatélicas era financiera.

El abogado del Estado alega que cuando la Agencia Tributaria denunció las irregularidades de Afinsa ante Anticorrupción, denuncia que fue el origen de la intervención judicial del 9 de mayo de 2006, "no lo hizo porque considerara que era una entidad financiera", sino porque "podían deducirse indicios de delito de blanqueo de capitales y fraude a la Hacienda Pública".

Antes de dictar sentencia, el tribunal tendrá ahora que analizar los dictámenes jurídicos elaborados en 2002 por el Banco de España, el Ministerio de Economía, la CNMV y la Dirección General del Tesoro y Política Financiera que demuestran que estos organismos debatieron sobre quién tenía la competencia legal para controlar a estas empresas, según el artículo 26 bis de la LMV.

El Ministerio de Justicia zanjó las discrepancias con un quinto informe jurídico que concluyó que las empresas "captaban ahorro del público" pero estaban sometidas a las leyes de Consumo y que derivó en la aprobación de la Disposición Adicional Cuarta de la LIIC.

http://www.europapress.es/nacional/noticia-economia-legal-abogacia-estado-sostiene-administracion-no-debe-indemnizar-afectados-filatelicos-20100117125955.html

martes, 12 de enero de 2010

REANUDACIÓN DE LA ACTIVIDAD

Estimado asociado/a,

Nos volvemos a poner en contacto con ustedes en este nuevo año para informarles que retomamos la actividad de la Asociación.

Reiteramos en primer lugar nuestro anuncio solicitando su colaboración como asociado/a para que en los próximos días nos remitan (aquellos que todavía no lo han hecho) la dirección de correo electrónico donde podamos enviarles comunicados, información, etc, tal y como dijimos en la última asamblea.

Respecto a las novedades informativas de estos días, les comentamos que no ha habido nada relevante durante el descanso vacacional de la Asociación.

La Junta Directiva.