La segunda cita importante de la semana pasada se produce el día 19 de noviembre en San Fernando de Henares, es el comienzo del Juicio Oral de Afinsa (del que ustedes ya tienen información).
Después de casi 10 años desde la fatídica intervención del día 9 de mayo de 2006 algo impensable en un país con una justicia que se supone debe ser rápida y eficaz comienza el citado juicio.
La primera en la frente, parece ser que las acusaciones se quedan utilizando un término coloquial en "cuatro y el de la guitarra", resulta paradójico ¿verdad? juzguen ustedes.
La segunda, la fiscalía (Fiscal Luzón) parece que se las prometía felices antes del primer día de interrogatorio. Resultado: un estrepitoso fracaso en los argumentos y desarrollo esgrimido por el fiscal, echo constatado por las personas que estuvieron presentes.
Una cuestión interesante, a propósito de lo anteriormente comentado Ausbanc entra en liza con una actuación y una cobertura impactante, lo detallamos:
Ausbanc Abogados cambia su escrito de conclusiones provisionales en el procedimiento que se sigue sobre Afinsa ante la Audiencia Nacional
Ausbanc denuncia en sus conclusiones provisionales la actuación de la Fiscalía en su asalto/ocupación/liquidación de una sociedad mercantil y la ruina que ello conllevó a todos los clientes.
Un nuevo escrito presentado en el día de ayer a la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional completa y modifica las conclusiones provisionales del escrito presentado el 15 de septiembre de 2015.
Con ocasión de la relectura, y análisis minucioso, detallado y objetivo de todo lo instruido en el caso Afinsa, Ausbanc Abogados cambia su escrito de fecha 15 de septiembre de 2015, de CONCLUSIONES PROVISIONALES/CALIFICACION PROVISIONAL, por medio de escrito presentado en el día de hoy, jueves 19 de de noviembre, solicitando en el suplico del mismo:
- Tenga por el Suplico de nuestra calificación provisional en el sentido de solicitar que de manera expresa y en trámite de resolución sobre las cuestiones previas propuestas por las partes, que se declare la desproporción en la adopción de las medidas cautelares acordadas al inicio de la presente causa por vulnerar el art. 129 del Código Penal.
- Tenga por retirada la acusación de esta parte contra los procesados Juan Antonio Cano Cuevas, Albertino de Figuereido Escribá, Vicente Martín Peña, Emilio Ballester López y Joaquín José Abajo Quintana, del delito de insolvencia punible por el que se había formulado calificación provisional, con las consecuencias inherentes en cuanto a su responsabilidad civil.
- Mantener la acusación de esta representación contra Francisco Guijarro Lázaro y Juan Domingo Brualla y Jordi Domingo Brualla, por los delitos expuestos ut supra con la exigencia de su responsabilidad civil, así como la de los partícipes a título lucrativo Felisa Montoro Feijóo, cónyuge de Francisco Guijarro Lázaro y Natalia Paloma Guijarro Montoro, Juan Javier Guijarro Montoro, Rubén Guijarro Montoro y Sonia Guijarro Montoro, hijos de este matrimonio.
Resulta obvio que las causas que motivaron el asalto, ocupación y liquidación de Afinsa han resultado absolutamente inciertas y por lo tanto resulta pertinente la calificación de desproporcionada de la adopción de medidas cautelares acordadas al inicio de la presente causa. De tal manera que con posterioridad al fallo que se dicte en este Procedimiento, puedan exigirse las responsabilidades económicas que correspondan a la Administración, única y verdadera causante de la ruina de los clientes/consumidores de esta empresa mercantil.
Resultando esto obvio casi desde el mismo inicio de la operación de “asalto/ocupación/liquidación” la Fiscalía ha ido buscando y encontrando, pasados los años –años y años- otros problemas de índole mercantil o fiscal que ha acumulado a esta causa buscando así justificar, vendiendo titulares periodísticos que no jurídicos, el error cometido. Estos hechos deberían, si tuviesen consistencia, haber constituido una pieza separada o un procedimiento judicial nuevo y distinto, que en ningún caso justificaría las medidas inicialmente adoptadas. A el juez Elpidio Silva, por mucho menos, le costó el puesto.
¿Cuál es el bien jurídico protegido?, ¿a qué colectivo se defiende? La tesis de Hacienda va en contra de sus intereses, pues supondría que éste, el Ministerio de Hacienda, sería el deudor principal de Afinsa, al tener que devolver todo el IVA recibido durante años y años. Hacienda, por lo tanto el conjunto de los españoles, no se beneficia en absoluto de esta tesis. Los clientes, que hasta la fecha de la intervención habían sido atendidos en todos sus derechos por parte de Afinsa, tampoco. Los únicos beneficiarios de la tesis y actuaciones de la Fiscalía son las entidades bancarias necesitadas de capital nuevo conforme a los nuevos criterios de Basilea. Y una Bolsa de Valores necesitada de nuevos capitales que en todo caso no fueron suficientes para soportar la ruina que se avecinaba en los mercados financieros. Recordemos que por ejemplo el Grupo Prisa, por citar uno de los que más participó en la defensa de la tesis de la ocupación, minoró su valor bursátil en más de un 99%.
La Audiencia Nacional y la Fiscalía se convirtieron de esta forma en los mayores promotores de España para colocar indiscriminadamente y de forma fraudulenta –como así señalan una tras otra miles de sentencias de nuestros Tribunales- de participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y cuotas participativas. Estos productos, a la postre, arruinaron, ahora sí por mala gobernanza y en muchos casos delictiva, a los ahorradores y consumidores españoles.
Se adjuntan los dos escritos en los que se especifica y concreta la postura de los servicios jurídicos de Ausbanc Abogados en este procedimiento. Se mantiene la acusación contra Francisco Guijarro Lázaro y Juan Domingo Brualla y Jordi Domingo Brualla. Y se retira contra los procesados Juan Antonio Cano Cuevas, Albertino de Figuereido Escribá, Vicente Martín Peña, Emilio Ballester López y Joaquín José Abajo Quintana.
Nota:
Lamentamos mucho que existan asociaciones de consumidores que han recibido millones de euros –en algunos casos ya declaradas ilegales por sentencia firme del Tribunal Supremo- que están de nuevo actuando en contra de los intereses de los consumidores y apoyando a quien les paga, y por tanto manda, como es el Estado y en este caso su brazo armado jurídico, la Fiscalía. La Fiscalía ya ha demostrado en otras ocasiones no defender el interés general ni la legalidad, ni mucho menos a los ahorradores/consumidores, como muestra el caso Miguel Blesa/quiebra de Caja Madrid o en el presente caso, Afinsa.
No sólo es Ausbanc sino que algunas de las partes personadas tampoco presentan escrito de acusación.
Ausbanc realiza una gran cobertura informativa:
El juicio contra los directivos de Afinsa incumbe a la sociedad española en su conjunto
Los afectados de Afinsa llevan 10 años esperando que se haga Justicia |
Afinsa había sido constituida en 1980 con el nombre de Ahorro Filatélico Internacional S. A., por lo que su trayectoria se prolongaba durante nada menos que 26 años y, aparentemente, se encontraba al corriente de todas sus obligaciones comerciales, fiscales y societarias. Contaba con 200.000 clientes y su último depósito de cuentas anuales correspondientes al año 2004 informaba de un beneficio de 51 millones de eurosy una cifra de negocio del orden de los 500 millones de euros.
Tras la intervención del Estado, y según reconocen expertos filatélicos “su actividad quedó paralizada de forma súbita”, viéndose abocada por tanto al concurso de acreedores y a una liquidación forzosa que ha causado un extraordinario perjuicio a sus cientos de miles de clientes y destruido más de 2.000 de puestos de trabajo. El cierre forzoso de Afinsa se produjo de forma simultánea al de Fórum Filatélico, quedando de esta forma prácticamente arrasado un sector de inversión filatélica que había quedado regulado como de 'inversión en bienes tangibles' en el año 2003.
La intervención de Afinsa liquidó un sector empresarial que no se ha recuperado desde entonces |
El curioso criterio de la subvencionada Adicae
A pesar de que el procedimiento penal difícilmente va a suponer alguna reparación económica significativa para los clientes de Afinsa, se da la circunstancia de que la asociación de consumidores Adicae, a pesar de haber sido condenada por el Tribunal Supremo, según sentencia publicada en el BOE del 16 de junio de 2008, a devolver cientos de miles de euros de subvenciones ilícitamente concedidos por el Gobierno que intervino las sociedades filatélicas para que apoyaran la querella causante del cierre de la empresa, sigue con su misma postura.
Desde Ausbanc Abogados señalan que en el último reparto de subvenciones del Ministerio de Sanidad, la organización que preside Manuel Pardos ha sido agraciada con 820.597,60 euros, con un incremento de nada menos el 23% respecto a lo que recibió en 2014, lo que contradice a todas luces el principio constitucional de estabilidad presupuestaria. La misma Adicae, que pide hasta 24 años de cárcel para los directivos de Afinsa, anunciaba hace unos días que desistía de seguir en el procedimiento penal seguido contra los directivos de la antigua Caixa Galicia.
Fuentes de la organización presidida por Luis Pineda consideran que la intervención y clausura de las sociedades filatélicas obedeció a determinados intereses espurios que en aquellos momentos encontraron receptividad en un Gobierno que usó políticamente el caso sin importarle el inmenso daño producido a miles de clientes inocentes y a un sector completo de actividad económica.
Es evidente que los hechos demuestran que tras la desaparición de la alternativa de inversión filatélica, los bancos españoles se lanzaron a la captación masiva de ahorro a través de productos financieros cuya frecuente toxicidad ha quedado más que acreditada en los Tribunales de Justicia.
Un sector liquidado
Ciertamente, la exitosa actividad comercial de Afinsa y Fórum Filatélico hasta el 9 de mayo de 2006 había incidido decisivamente en un sector filatélico nacional de dimensiones hasta entonces, relativamente modestas. En 2014, Correostuvo un ingreso por venta de productos filatélicos de 18,5 millones de euros y lanzó 54 emisiones de sellos con tiradas de hasta 1.000.000 de ejemplares cada una. Son cifras que justifican la opción de haber potenciado un sector cuya demanda habían precisamente potenciado Afinsa y Fórum Filatélico. El propio organismo asegura que “Correos refuerza la notoriedad y el valor de la filatelia”.
Sin embargo, lo cierto es que la Administración actuó entonces de forma completamente opuesta. Esa Administración Pública, que había lanzado una normativa específica para encuadrar dicha actividad empresarial a finales de 2003 bajo la supervisión del Ministerio de Sanidad y Consumo, tenía en su mano los elementos para haber impulsado una ordenación más intensa del sector, fomentando el aumento de la competencia y de la transparencia con nuevos operadores y garantías.
Por todo ello, desde el punto de vista de la actividad empresarial, no puede entenderse de buena fe que tuvieran que ser clausuradas dos empresas solventes que empleaban a miles de trabajadores. De haberse detectado irregularidades, podían perfectamente haberse resuelto por las vías habituales de actuación que no conllevan la obligada destrucción ni de las empresas ni mucho menos de todo un sector de actividad económica. Son reflexiones que valdría la pena considerar en clave del interés común.
El juicio contra los directivos de Afinsa que acaba de iniciarse en la Audiencia Nacional no es, por tanto, un asunto que incumba sólo a los directamente perjudicados, sino a la sociedad española en su conjunto.
Los afectados de Afinsa se concentran ante la sede de la Audiencia Nacional donde comienza el juicio contra los gestores de la compañía
Cientos de afectados de Afinsa se han manifestado a la entrada de la sede de la Audiencia Nacional en San Fernando de Henares (Madrid) |
Cientos de afectados por el cierre y liquidación de Afinsa, que casi diez años después de los hechos siguen reclamando Justicia para su caso, se han reunido este martes, 19 ante la Sección 1ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional –en sus instalaciones situadas en la madrileña localidad de San Fernando de Henares–, ante el comienzo del juicio penal contra los que fueran gestores de la compañía filatélica.
Los manifestantes han exhibido numerosos carteles en los que denuncian que se trató de una intervención política judicializada y defienden la inocencia de los administradores. Entre los antiguos gestores de Afinsa que se sientan en el banquillo están Juan Antonio Cano, ex presidente de la compañía; el ex consejero Carlos de Figueiredo; y los ejecutivos y ex miembros del Consejo, Albertino de Figueiredo, Vicente Martín y Emilio Ballester.
Desde Ausbanc Abogados defienden que, independientemente de la responsabilidad de los gestores, nunca se debió intervenir y liquidar una compañía que había funcionado de manera impecable durante 25 años, sin ninguna reclamación por parte de sus clientes.
Además, diversas sentencias tanto de la propia Audiencia Nacional como del Tribunal Supremo, han calificado el negocio de Afinsa como mercantil, no financiero, lo que significa que no era necesario reformular las cuentas, no se necesitaban provisiones y, por tanto, no existía el agujero patrimonial que sirvió como argumento para la intervención de la empresa.
Desde diversas asociaciones de afectados, como la Asociación Contra la Liquidación de Afinsa, han pedido a los jueces que se aíslen del ruido mediático y de la “manipulación de los medios de comunicación”, que analicen las pruebas y que hagan Justicia.
Seguiremos informando.