El pasado día 30 de septiembre en el Juzgado de lo Mercantil, sección 6ª, el Juez Vaquer dictaminó Sentencia de Calificación del Concurso de Afinsa.
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Cuestiones previas
1. La Sentencia sólo juzga el Concurso de Afinsa, declarándolo culpable.
2. La Sentencia considera a tres ex-administradores de Afinsa culpables, aunque esta Sentencia es recurrible en apelación.
3. La Sentencia no tiene consecuencias económicas para los afectados.
Comentario de la Asociación
1. Se reconoce en la Sentencia, después de 8 años que la naturaleza jurídica de los contratos era Mercantil.
Esta consideración deja a su Señoría, a la Fiscalía y a los Administradores Concursales, en evidencia, reconociendo por fin, lo que dictaminaron en su día Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y Audiencia Provincial de Madrid. Queda por tanto desvirtuado el carácter financiero de la querella de 9/05/2006, en el informe de la Administración Concursal y en una Sentencia de este mismo Juez se establecía el carácter financiero de los contratos.
2. De lo anterior y como novedad, dice ahora su Señoría en esta Sentencia, que Afinsa debería haber provisionado las obligaciones que contraía con los clientes derivadas de sus contratos. Su Señoría no debe recordar que con anterioridad a la intervención judicial, tanto la Agencia Tributaria como la Audiencia Nacional, consideraban a Afinsa como empresa no financiera y sus operaciones no se podían contabilizar como préstamos. Así lo reflejan los antecedentes de hecho de la Sentencia 11/03/2011 del Tribunal Supremo, recurso número 3659/2006 contra la Sentencia de 22 de marzo de 2006 de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta de la Audiencia Nacional.
3. Por tanto, si los antiguos Administradores de Afinsa, han cometido "algún presunto delito" que por ellos sean juzgados.
No obstante, creemos que los motivos de la desproporcionada e irresponsable intervención de Afinsa, son puramente políticos. Esta consideración será debatida en nuestra próxima Asamblea General.
Asociación Afectados de Afinsa